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Así funciona el nuevo IVA de las e-commerce

Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, se han producido importantes cambios en el ámbito del IVA de las e-commerce y de las ventas de bienes on-line. 

Si tu vida profesional y laboral gira en torno al comercio electrónico y las e-commerce en Martinez Lafuente Abogados te explicamos cómo funciona el nuevo IVA para este sector, vigente desde julio de 2021, si te afectará y cuáles son los cambios más significativos, ¡atento!

Estas modificaciones tienen como finalidad intentar facilitar y agilizar los procedimientos, reducir la carga administrativa de las empresas, además de acabar con la brecha de los Estados miembros entre el IVA previsto y el recaudado.

Hasta antes de julio de 2021, cuanto entró en vigor la nueva norma, si se tenía un negocio de venta online y se vendía un producto por valor inferior a 35.000€ a un consumidor final perteneciente a la Unión Europea, el IVA que se aplicaba era el del país de origen, mientras que en los casos en los que el importe superaba la cantidad mencionada, el vendedor estaba obligado a darse de alta y pagar el IVA en el país al que perteneciera el comprador final. 

Entre las principales novedades que ha traído consigo el nuevo régimen se encuentra que cualquier venta está sujeta al IVA del país donde llegue la mercancía o en el que resida el comprador, además la ventanilla única se considera procedimiento valido para gestionar el IVA del e-commerce.

Otras de las novedades del nuevo IVA para el e-commerce son: 
  • Cambios en la definición de las ventas a distancia tanto intracomunitarias como a países terceros. 
  • Entregas reguladas a través de interfaz digital.
  • Modificación del lugar de realización de entregas de mercancía respecto de las ventas. 
  • En aquellos casos en los que el destinatario es el consumidor final, se limita a 10.000€ la tributación en origen.
  • Ampliación de regímenes especiales para la declaración de los Servicios Digitales (TRE).
  • Nueva modalidad de declaración y pago de IVA en importaciones inferiores a 150€
  • Supresión de la exención en importaciones de escaso valor. 

Por su parte la norma establece dos tipos diferentes de categorías para la entrega de bienes, cada una con su propio régimen de ventanilla única. Por un lado, la denominada como venta a distancia intracomunitaria y que se refiere a los bienes emitidos por un proveedor desde un estado miembro a otro distinto y en el que los destinatarios son consumidores finales. Tributan en el Estado miembro en el que el destinatario recibe la mercancía y los proveedores pueden liquidar el IVA a través de ventanilla única.

Por otro lado, se encuentra la venta a distancia de bienes importados, aquellos expedidos por el proveedor desde un país tercero hacia consumidores finales de un Estado miembro. Dispone de un régimen especial de ventanilla única para liquidar el IVA, pero las ventas deben de tener un valor inferior a 150€. También se permite la declaración y pago del IVA ante la Aduana.

Se elimina la exención en las importaciones de bienes de escaso valor aplicable hasta los 22€. De esta forma, los bienes importados que no se acogen al régimen especial, tiene que liquidar el IVA a la importación. Con relación a plataformas, portales o interfaces digitales que se encargan de la entrega de bienes, además de realizar labores de almacenaje y logística, se les obliga, según el escenario, a repercutir el IVA e ingresarlo en la Administración correspondiente.

Por último, se crean tres regímenes especiales de declaración y liquidación del IVA para las entregas de bienes y prestación de servicios al consumidor final y que son: 

Régimen exterior de la unión: Para servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos en la Comunidad a consumidores finales.

Régimen de la Unión: Engloba a:
  • Servicios prestados por empresarios intracomunitarios a particulares de otro estado miembro intracomunitario.
  • Entrega de bienes realizadas por empresarios intracomunitarios a particulares de otro estado miembro intracomunitario.
  • Entrega de bienes como operaciones interiores desde una plataforma digital, enviados por un proveedor extracomunitario a particular intracomunitario.
Régimen de importación: Para ventas a distancia de bienes importados de países terceros y al que se pueden acoger empresarios que realicen venta a distancia de bienes importados de países terceros cuyos envíos tengan un importe inferior a 150 euros.

Los tres regímenes permiten la realización, mediante ventanilla única y electrónica de la declaración y liquidación del IVA. Además, todas aquellas e-commerce que se acojan a cualquiera de estos regímenes tendrán que mantener sus registros de operaciones guardados durante al menos 10 años para poner a disposición ante el Estado Miembro en caso de ser requerido. No se podrá deducir el IVA soportado, aunque sí en la adquisición o importación de bienes y servicios para realizar las operaciones acogidas a los regímenes especiales.

¿Tienes dudas sobre cómo declarar el IVA en tu e-commerce? Pregúntanos, en Martinez Lafuente Abogados te ayudamos en todas las gestiones fiscales y te informamos sobre cualquier novedad en materia fiscal. 

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19 may, 2022
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Por Jose Angel Pizzano Coloma 24 abr, 2022
En algunas ocasiones, se desconoce a quién le corresponden los bienes de una persona cuándo fallece. En la mayoría de ocasiones este hecho está producido porque el testador ha muerto sin dejar establecido el reparto de su masa hereditaria. En el caso de que esto suceda, o que los herederos no se hagan cargo de esta, la herencia toma el nombre de yacente. ¿En qué orden se hereda? Si la persona fallecida no ha dejado establecidas sus últimas voluntades, la figura de un abogado especialista en derecho sucesorio es fundamental, ya que será el Estado el encargado de repartir los bienes siguiendo lo establecido en el Código Civil, pero eliminando el tercio de libre disposición. En este caso, el orden de los posibles beneficiarios será el siguiente: Hijos y descendientes , siempre y cuando los vástagos hayan fallecido. Padres y ascendentes , cuando los primeros han fallecido. Cónyuge . Si existen hijos y descendientes o padres y ascendentes, solo heredará el usufructo, es decir, el uso y disfrute. La propiedad será de los primeros grupos. Hermanos y sobrinos . Resto de familiares (tíos, primos, etc.) En caso de no existir ningún familiar de los grupos anteriores, el Estado será el beneficiario de la herencia. ¿Quién paga los gastos? La herencia yacente no originará el volumen de impuestos que origina una herencia común. No así, habrá algunas gestiones de las que se encargará el administrador, representante o albacea: En relación con el IRPF, las rentas que genera no tienen titular o bien aún no se conocen, como deriva del propio significado de herencia yacente. Así, no se tienen en cuenta para su tributación y permanecerán pendientes. En cuanto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se puede presentar una solicitud de prórroga en los seis meses siguientes al fallecimiento, por un período adicional de seis meses.  Si tienes más dudas, en Martínez Lafuente Abogados somos profesionales especializados en derecho sucesorio con una amplia trayectoria profesional. Contacta con nosotros y te asesoraremos.
26 feb, 2022
En muchas ocasiones, tanto las empresas como los profesionales autónomos tienen dificultades para hacer frene al pago de los tributos. En el despacho, recibimos habitualmente dudas sobre si es posible el aplazamiento de los impuestos . Por ello, en este artículo vamos a explicar en qué consiste la prórroga para hacer efectivo el pago de las obligaciones tributarias y cuáles son las formas para hacerlo. ¿Qué es el aplazamiento de impuestos? Como su nombre indica, es el retraso del pago de las obligaciones respecto a las fechas marcadas en el calendario fiscal del contribuyente , que anualmente publica la Agencia Tributaria. Aunque es un balón de oxigeno para muchas de las empresas y autónomos, sobre todo en estos momentos en las que muchos contribuyentes están sufriendo las consecuencias económicas de la COVID-19, es importante resaltar que no es posible aplazar el pago de todos los impuestos. Entre los tributos que está permitido el fraccionamiento del pago , destacan: El pago trimestral del Impuesto del Valor Añadido (IVA), el modelo 303. El pago trimestral del IRPF y la liquidación anual de Impuesto sobre las Rentas de las Personas Físicas (modelo 100). Impuesto de sociedades (modelo 200). Por el contrario, los que no está permitido aplazar el pago según el calendario estipulado, son: Fraccionamiento del pago de sociedades . Retenciones e ingresos a cuenta . ¿Cómo realizar el aplazamiento del pago de impuestos? A la hora de dilatar los plazos para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, es importante tener en cuenta si la cantidad es superior o inferior a los 30.000 euros , ya que el procedimiento contiene diferencias sustanciales. Desde Martínez Lafuente Abogados , especialista en derecho fiscal, explicamos cómo realizar el aplazamiento de impuestos: Si la cuantía del impuesto es inferior a 30.000 En el caso de las autoliquidaciones con una deuda global inferior a los 30.000 euros, el contribuyente tiene la posibilidad de aplazar y fraccionar sin tener que dar explicaciones a Hacienda. En este sentido, la empresa o persona física no tendrá que justificar que las cantidades repercutidas no han sido cobradas , en el caso del aplazamiento del pago del IVA; o las necesidades de tesorería, en las dilaciones de pago en impuestos como el IRPF o sociedades. En que caso que se quiera aplazar, el proceso se realizará automáticamente y no será necesario contar con avales. La cuantía es superior a los 30.000 Si la deuda que se quiere aplazar es superior a los 30.000 euros, el proceso se complica. En primer lugar, ya no será posible hacerlo de manera automática , ya que en esta situación se si que se deberá aportar información a la Agencia Tributaria para que haga efectivo el aplazamiento del pago de los impuestos. En este caso, la documentación que habrá que aportar es: Información que acredite las cantidades del Impuesto de Valor Añadido no cobrado o datos sobre necesidades de tesorería, para el IRPF y el impuesto de sociedades. Además, también será necesario contar con un aval bancario que acredite que es posible aplazar el pago. A diferencia de los importes inferiores a treinta mil euros, en estos casos el fraccionamiento de la deuda, que será de máximo de 36 meses , habrá que hacerlo de forma presencial y será la Agencia Tributaria quién dictamine si se concede o no . Somos especialistas en el asesoramiento a empresas y autónomos sobre el pago de impuestos . ¿Tienes dudas? Ponte en contacto con nosotros y te ayudamos.
10 feb, 2022
Una pregunta muy recurrente entre la ciudadanía está ligada con lo qué ocurre con los bienes de una persona que ha fallecido sin dejar escrito cómo será el reparto. Un hecho, que aunque parezca que es inusual, en el año 2020, últimos datos anuales publicados por el Consejo General del Notariado, el 17,15% de los fallecidos en ese ejercicio lo hicieron sin testamento. Las sucesiones intestadas, o abintestato, alcanzaron las 84.710. En este artículo, desde Martínez Lafuente Abogados respondemos a las cuestiones más frecuentes sobre este tema. ¿Qué es un acta de declaración de herederos de abintestato? El Consejo General del Notariado recoge en su página web que este documento recoge, en un acta notarial, quiénes son los familiares con derecho a percibir la herencia. Según la misma fuente, para formalizarla es necesario llevar ante el Notario una serie de documentos con los que demostrar que son parientes, además de dos testigos, que no pueden tener relación con ese reparto de bienes, para que acrediten que las personas fallecidas son los beneficiarios de ese reparto de bienes. ¿Qué documentos son necesarios para reclamar una herencia en Madrid? Antes de acudir a un Notario a realizar el acta de declaración de herederos, es necesario reunir una serie de documentos indispensables para poder iniciar los trámites. En concreto, en Madrid hay que reunir: · Certificado de defunción de la persona fallecida. Con este documento se demostrará que realmente se ha producido el fallecimiento. · DNI del fallecido o certificado de empadronamiento. Indispensable para poder determinar el último lugar de residencia de la persona fallecida. · Certificado de últimas voluntades. La utilidad de este documento es para demostrar que la persona fallecida murió sin testamento. · Certificado de nacimiento de las personas que tengan interés en heredar. Además, en el caso de que el difunto estuviese casado, también se deberá presentar el certificado de matrimonio. ¿En que orden se reparte una herencia sin testamento? El Código Civil, en su artículo 657, es establece cuál es la jerarquía de los beneficiarios para el reparto de una herencia en Madrid. Para ello, contar con un abogado especialista en derecho sucesorio es fundamental, ya que el reparto de los bienes, eliminando el tercio de libre disposición, se realizará en el siguiente orden: 1- Hijos. Si estos han fallecido, tendrán derecho sus descendientes. 2- Padres. Si estos han fallecido, serán los ascendentes quienes reciban la herencia. En ambos casos, es importante tener en cuenta que la viuda/o será beneficiaria del usufructo de la mitad de los bienes. 3- Cónyuge. Si existe alguna de las figuras anteriores, solo heredará el usufructo de la mitad de los bienes. 4- Hermanos y sobrinos. 5- Parientes de hasta cuarto grado (tíos y primos de la persona fallecida). 6- Si el difunto no cuenta con ninguna de estas figuras, será el Estado el beneficiario de los bienes. ¿Dónde hay que reclamar los bienes de una persona fallecida sin testamento? Entre las dudas más repetidas sobre: si no hay testamento, ¿qué sucede con la herencia en Madrid?, destaca aquella que está relacionada con el lugar dónde hay que reclamar los bienes. A la hora de realizar el acta de la declaración de herederos, el/los solicitante/s podrán realizarlo en un Notario que cumpla con las siguientes características, siempre que sea en España: - Último lugar de residencia o domicilio conocido del fallecido. - Lugar en el que se produjo el fallecimiento. - Sitio donde está la mayor parte de los bienes del difunto. - Áreas colindantes a las anteriores. - Si no se cumplen ninguna de las anteriores, se podrá tramitar en el lugar de residencia del/los solicitante/s. ¿En qué otros casos es necesaria una declaración de herederos abintestato? La declaración de herederos abintestato, a parte de los casos en los que fallece una persona sin testamento, existen una serie de situaciones en los que es necesaria esta declaración. Son estas: - Si el testamento se declara nulo. - Cuando no se especifique quiénes son los beneficiarios de los bienes. - Si los beneficiarios renuncian a la herencia. - Cuando el heredero no puede hacerse cargo de la sucesión. - Si el heredero no cumple con las condiciones impuestas por el difunto. En estos casos, la figura del abogado especialista en Derecho Sucesorio se convierte en una pieza clave para llevar a éxito los trámites. En Martínez Lafuente Abogados podemos asesorarte. Consúltanos .
20 ene, 2022
Se cumple casi un año de la entrada en vigor de la Tasa Tobin (Impuesto sobre Transacciones Financieras) en España y aún sigue siendo un gran desconocido por muchos. Nuestros expertos en materia fiscal te explican en qué consiste y cómo afecta en las transacciones financieras.
23 dic, 2021
Como bien sabes, trimestralmente tienes que recopilar todos aquellos gastos y facturas para presentar la declaración del IVA o del IRPF, pero no todo es deducible, existe una delgada línea entre lo que se puede o no desgravar y es muy recomendable tenerlo bien claro, pues en el caso de cometer un error, nos podemos dar un buen susto en forma de inspección o multa de Hacienda.
02 dic, 2021
Desde el 8 de noviembre ya es efectivo el nuevo impuesto que sustituirá a la plusvalía. La Agencia Tributaria pone en marcha el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) a través del Real Decreto-ley 26/2021de 8 de noviembre, y por el que se modifica la forma de calcular el extinto impuesto de plusvalía municipal, para adaptarlo a la sentencia del Tribunal Constitucional.
18 nov, 2021
Si te ha llegado una notificación de Hacienda, no pierdas los nervios ni la calma, todo tiene solución y en Martinez Lafuente Abogados te contamos qué tienes que hacer y cómo proceder.
04 nov, 2021
El modelo 131 se trata de un documento por el que se presenta la autoliquidación trimestral del pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y es de obligado cumplimiento y presentación para todos aquellos autónomos.
28 oct, 2021
El Tribunal Constitucional ha declarado nulas e inconstitucionales algunos de los métodos de calculo de la conocida como Plusvalía Municipal. ¿Qué supone esto en la transacción de viviendas, compraventas, herencias y donaciones?, ¿y para los Consistorios?
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